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No más jueces Express: Reyes Peralta

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EIMY J. MORALES. Veracruz, Ver.-  Al expresar su más profundo respeto al Poder Judicial de la Federación, el Colegio Nacional de Abogados Penalistas, A.C., en voz de su presidente, Jorge Reyes Peralta, exigió respetuosa pero enérgicamente la intervención del Ministro Presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación y del Consejo de la Judicatura Federal, para hacer más riguroso el procedimiento de selección de Jueces de Distrito a fin de evitar que en lo sucesivo haya más “Jueces Express”.

Dijo: “una muestra es el lamentable caso de la Juez Quinto de Distrito en el Estado de Veracruz, María Elena Suárez Préstamo, y de su Secretario, José Luis Camacho Contreras, quienes en el juicio de amparo número 129/2011, al proveer sobre la suspensión provisional del acto reclamado que lo es una orden de aprehensión por el delito de abuso de confianza, previsto y sancionado en el artículo 213 fracción IV del Código Penal para el Estado de Veracruz, acuerda “conceder” la suspensión para el efecto de que previa encarcelación de la quejosa, enfrente el proceso penal, argumentando que el ilícito de abuso de confianza está considerado como delito grave, siendo esto un desconocimiento total de la ley, ya que en el Estado de Veracruz es el artículo 203 del Código de Procedimientos Penales el que dispone lo siguiente:

“Artículo 203.- Se califican como graves por afectar de manera importante los valores fundamentales de la sociedad, los perseguibles de oficio sancionables con más de seis años de prisión en el término medio de su punibilidad”.

Con lo anterior, Reyes Peralta indicó que hasta un estudiante de Derecho sabe que el delito de abuso de confianza en el Estado de Veracruz se persigue por querella necesaria, según lo dispuesto por el último párrafo del artículo 214 del Código Penal y no es delito grave.

Y remarcó: “la Juzgadora Federal desconoce que para que un delito se considere grave debe reunir dos requisitos: 1) Que se persiga de oficio; y 2) que sea sancionable con más de seis años de prisión en el término medio de su punibilidad. Al desconocer la ley, se violenta no sólo la Ley de Amparo y las leyes penales del Estado de Veracruz, sino además el Código Penal Federal, pues con el proceder de la titular del Juzgado Quinto de Distrito en el Estado, se actualizan delitos contra la administración de justicia sin perjuicio de la queja que se hará valer ante el Consejo de la Judicatura Federal”.

Reyes Peralta -parafraseando al Siervo de la Nación, José María Morelos y Pavón, “que todo el que se queje con justicia tenga un tribunal que lo escuche, lo ampare y lo defienda contra el arbitrario”-, indicó que debe considerarse que si el arbitrario es el Juez Federal, es momento de reflexionar quién aprobó el nombramiento de la Jueza Suárez Préstamo y si es correcto el proceso y los criterios que actualmente se aplican para la selección de Jueces de Distrito.

redaccion

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